SINDICATO INDEPENDIENTE DE LA LIMPIEZA DE JEREZ

SILJE

Marco Constitutivo y Legal

El SINDICATO INDEPENDIENTE DE LA LIMPIEZA DE JEREZ (SILJE) se constituyó formalmente en Jerez de la Frontera el 12 de julio de 2025.

La asociación sindical se rige por el amparo del artículo 28.1 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, el Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y demás normativa laboral vigente. La asociación se constituye por tiempo indefinido.

El depósito de la constitución fue admitido por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz, y anunciado con fecha 17 de julio de 2025, bajo el número de depósito 11100044.

Ámbitos de Actuación

El sindicato tiene un ámbito de actuación definido:

Fines Fundamentales de SILJE (Artículo 5 de Estatutos)

Los fines principales del sindicato son:

  1. Representar a todas las personas afiliadas, interviniendo en las relaciones laborales y contribuyendo a la defensa y promoción de sus intereses profesionales, económicos, sociales y culturales, tanto individuales como colectivos.
  2. Fomentar la solidaridad entre los afiliados, creando servicios de naturaleza asistencial.
  3. Programar acciones adecuadas para conseguir mejoras sociales y económicas para las personas afiliadas.
  4. Mantener el contacto necesario con otras organizaciones afines para prestar colaboración mutua y/o intercambiar experiencias.
  5. Procurar el fomento del pleno empleo y la seguridad.
  6. Impartir criterios, orientaciones e instrucciones en el ámbito de su gestión, y ejercer la actividad sindical, incluyendo el derecho a la huelga, negociación colectiva, y la presentación de candidaturas para la elección de comités de empresa.